ALGUNOS ITEMS QUE DEBEMOS TENER CLAROS...
6. Ultractividad
La reforma elimina la ultraactividad de las normas obligacionales de los
convenios colectivos. Hasta ahora, cuando un convenio vencía y no se firmaba uno
nuevo, todas sus cláusulas seguían vigentes, lo que garantizaba que los trabajadores
no perdieran derechos por el solo paso del tiempo y que la negociación se diera desde
un piso ya conquistado.
Con la reforma, una vez vencido el convenio, las normas obligacionales dejan
de regir, salvo que exista una prórroga expresa. Esto implica que caen
automáticamente herramientas clave como las comisiones paritarias, los mecanismos
de negociación salarial, los aportes sindicales, las licencias gremiales y los
procedimientos de solución de conflictos, debilitando la organización y la acción
colectiva.
Este cambio altera profundamente el poder negociador del sindicato. El
empleador ya no tiene incentivos para negociar, porque el paso del tiempo juega a su
favor: cuanto más se demore el acuerdo, más derechos se pierden. Así, la
negociación deja de ser equilibrada y se transforma en una presión constante para
aceptar acuerdos a la baja, afectando uno de los pilares centrales de la negociación
colectiva y del derecho sindical.