ALGUNOS ITEMS QUE DEBEMOS TENER CLAROS...

6. Ultractividad

La reforma elimina la ultraactividad de las normas obligacionales de los

convenios colectivos. Hasta ahora, cuando un convenio vencía y no se firmaba uno

nuevo, todas sus cláusulas seguían vigentes, lo que garantizaba que los trabajadores

no perdieran derechos por el solo paso del tiempo y que la negociación se diera desde

un piso ya conquistado.

Con la reforma, una vez vencido el convenio, las normas obligacionales dejan

de regir, salvo que exista una prórroga expresa. Esto implica que caen

automáticamente herramientas clave como las comisiones paritarias, los mecanismos

de negociación salarial, los aportes sindicales, las licencias gremiales y los

procedimientos de solución de conflictos, debilitando la organización y la acción

colectiva.

Este cambio altera profundamente el poder negociador del sindicato. El

empleador ya no tiene incentivos para negociar, porque el paso del tiempo juega a su

favor: cuanto más se demore el acuerdo, más derechos se pierden. Así, la

negociación deja de ser equilibrada y se transforma en una presión constante para

aceptar acuerdos a la baja, afectando uno de los pilares centrales de la negociación

colectiva y del derecho sindical.