APORTES DE LA COMPAÑERA DRA. MARIANA AMARTINO

Sitio: Escuela de Formación Libertario Ferrari
Curso: REFORMA LABORAL o DISCIPLINAMIENTO....
Libro: APORTES DE LA COMPAÑERA DRA. MARIANA AMARTINO
Impreso por: Invitado
Fecha: martes, 7 de abril de 2026, 21:42

1. CONTEXTO

Desregulación llevada adelante como política de Estado para desarticular el Derecho del Trabajo (RL).

Declaración la "guerra" contra la clase trabajadora a través de la destrucción de los ingresos (salarios y jubilaciones), la precarización laboral, la profundización de las desigualdades, orquestado a través de la criminalización de la acción colectiva.

El objetivo es consolidar un nuevo orden social aboliendo el diseño de reglas de juego actuales para redefinir cómo vamos a vivir, a producir y a consumir de ahora en mas, a través de una reconfiguraci{on total del sistema de relaciones laborales.

Principal enemigo: Sindicato.

2. II. Proyecto de "Modernización Laboral"

  • Deslaboraliza.
  • Desalariza.
  • Limita la acción colectiva.
  • Desprotege a la persona trabajadora
  • Protege a la patronal.

3. Las Dimensiones de la Reforma

Se apoya en tres ejes fundamentales:

1. Restricción de Derechos Colectivos (Acción Sindical)

  • Huelga: Se busca prácticamente eliminarla.

Por un lado, se agrega un articulo a la ley 23.551 (20 ter) que habilita la configuración de injuria grave – es decir posibilita el despido con causa (ergo sin indemnización)- cuando se afecte la libertad de trabajar de quienes no se adhieran al paro, o se tome o bloquee un establecimiento. 

Por el otro, Se amplía enormemente la cantidad de actividades comprendidas como "servicios esenciales" confundiéndose el valor social de una actividad con la esencialidad de un servicio que significa que su suspensión puede poner en riesgo la vida o la salud de las personas, y se obliga a garantizar el 75% o 50% de la prestación de tareas, imposibilitando el ejercicio del derecho.

  • Asambleas: Solo podrán realizarse con permiso previo y sin goce de sueldo durante el tiempo que dure.
  • Crédito Gremial: Se propone un límite de hasta 10 horas mensuales por delegadx (salvo mejora a través de la negociación colectiva).
  • Relativización de la Tutela Sindical:Habilitación de Prácticas Desleales bilaterales:
    • Congresales y suplentes no gozaran de tutela.
    • Aquellxs candidatxs cuyas listas no alcancen el 5% de los votos no gozaran de tutela.
    • Se habilita la suspensión preventiva de delegadxs sin previa exclusión de tutela.

S

4. DIMENSIONES II

Se agrega el art 53 bis a la 23.551, que habilitará sanciones al sindicato que incurra en injuria grave (toma o bloqueo), que afecte el desenvolvimiento de la actividad mediante asambleas u otras medidas de acción directa; que promueva  la afiliación compulsiva e involuntaria de trabajadorxs; que no acate la conciliación obligatoria, etc..

  • Restricción de los Recursos Económicos: El empleador deja de ser agente de retención salvo que haya consentimiento expreso de la persona trabajadora y acuerdo entre partes, con lo que las personas deberán concurrir a abonar la cuota. Además, se establece el fin de la ultraactividad de las cláusulas obligacionales de los convenios, entre ellas, las cuotas de solidaridad.
  • Negociación Colectiva: Se promueve la descentralización de la Negociación Colectiva y se subvierte el orden de Prelación de los CCT. Ahora el CCT de empresa puede modificar al CCT de actividad, incluso a la baja.

Además se promociona el otorgamiento de Personerías Gremiales a sindicatos de empresas, y s flexibilizan los requisitos para otorgar personería.

  • Institucionalización de Techos a las paritarias: Se faculta al Estado (ST) a NO homologar acuerdos colectivos que generen “distorsiones económicas graves”.

5. DIMENSIONES ...(ii)

B. Restricción de Derechos Individuales

Desarticula y desprotege a la persona, que se visibiliza en 3 elementos claves del Contrato de Trabajo:

  • Tiempo de Trabajo: 

Amplia facultad del empleador para organizar y flexibilizar. Se habilitan los bancos de horas y la extensión de la jornada sin pago de horas extras (compensación a través de francos).

Fraccionamiento de las vacaciones. Posibilidad de fraccionamiento (sujeto a acuerdo entre la persona trabajadora y la empleadora).

  • Ingresos (Actuales y Diferidos):

Habilita el "salario dinámico" o por mérito donde tiene menor peso los componentes fijos del sueldo y mayor arbitrariedad par el empleador en componentes variables.

Los sueldos podrán pagarse en dinero (sea en moneda nacional o extranjera) en especie, habitación o alimentos.

Se legalizan la rebaja salarial a través de quitarles carácter remuneratorio a prestaciones - refrigerio, viáticos, premios, guardería, capacitación, reintegros por gastos médicos, etc.- con lo cual no integrarán la base de cálculo de la indemnización ni tendrán descuentos para la jubilación.

Se habilita la reducción de salario post accidente o enfermedad.

Se licuan las indemnizaciones: Se excluyen rubros de la base de cálculo de la indemnización (SAC, vacaciones, horas extras, premios, etc.). Y la indemnización se paga a través del FAL (Fondo de Asistencia Laboral) integrado

Se limitan los montos de los reclamos (se sanciona por sobreestimación a Abogadxs y trabajadorxs).

Estas medidas reducen el ingreso diferido (menor base de aporte para la jubilación).

  • Eliminación de Mecanismos de Reducción de Asimetrías:

Se eliminan los principios de la “norma mas favorable” a la persona trabajadora, y  de “justicia social” para impartir justicia.

6. DIMENSIONES... (III)

C. Eliminación de Instituciones Protectorias

La estocada final, el "golpe de gracia" con el que cierra el esquema de regresión:

  • Eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo (JNT): 

Se obliga únicamente a jueces laborales a acatar fallos de la CSJN.

  • Competencia: 

Los juicios contra el Estado (Nacional, Pcial o Muni), entes autárquicos, entes públicos, empresas del estado, etc. Tramitaran en el fuero Contencioso Administrativo Federal (CAF) de la CABA o en los juzgados Federales de las Provincias.

  • Limitación del acceso a la Justicia: 

Se elimina el impulso de oficio y se impone a la parte trabajadora la obligación de impulsar la causa, habilitándose la caducidad de instancia por falta de impulso.

Se limitan los honorarios de auxiliares de justicia (peritos) y abogadxs, lo que desalienta el reclamo.

7. CONCLUSIÓN

No es una "modernización", sino un retorno a modelos pre-constitucionales (mita, encomienda y yanaconazgo abolido en la Asamblea General del Año XIII). Es un retroceso de las relaciones laborales tal como eran en el siglo XIX, a traves de la desarticulación total de los mecanismos institucionales de equilibrio entre el Capital y el Trabajo.